Articulo 65 Administración Ambiental
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Artículo 65. Confidencialidad.

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Las previsiones del artículo 27 de la presente ley en materia de confidencialidad se aplicarán en los mismos términos en los procedimientos de evaluación ambiental.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022