Articulo 65 Desarrollo del Decreto 15/2010, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, el procedimiento para la elaboración del programa individual de atención y la organización y funcionamiento de los órganos técnicos competen
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»Artículo 65. Libranza vinculada a la adquisición de servicios.
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La libranza vinculada a la adquisición de servicios, cuando no sea posible el acceso a un servicio público, será compatible con el resto de servicios y libranzas según lo dispuesto en este capítulo.
