Articulo 65 Estatutos del Organismo Autonómo Hacienda Tributaria
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»Artículo 65. Régimen presupuestario.
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1. La gestión de la Hacienda Tributaria de Navarra está sometida al régimen de presupuesto anual integrado, junto con el del Departamento de Economía y Hacienda, en los Presupuestos Generales de Navarra.
2. La estructura de los presupuestos, en cuanto a la clasificación de los ingresos y gastos y al grado de detalle de los mismos, habrá de adecuarse a las normas y reglas establecidas para los Presupuestos Generales de Navarra.
3. La ejecución y liquidación de los presupuestos se regirán por las reglas generales aplicables a los Presupuestos Generales de Navarra.
