Articulo 65 General de Co...udiovisual

Articulo 65 General de Comunicación Audiovisual

Ver Indice
»

Artículo 65. Separación estructural de actividades.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los prestadores del servicio público de comunicación audiovisual procederán progresivamente a la separación estructural de sus actividades para garantizar los precios de transferencia y el respeto a las condiciones de mercado, de conformidad con la Ley 4/2007, de 3 de abril.