Artículo 65 LEY 2/2026, ...Valenciana

Artículo 65. LEY 2/2026, de 14 de abril, Generalitat Valenciana

Ver Indice
»

Artículo 65. Financiación de los instrumentos de inclusión social y de inserción laboral.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Los instrumentos de inclusión social serán financiados con cargo a los presupuestos de la conselleria competente en materia de renta valenciana de inclusión.

2. Los instrumentos de inserción laboral serán financiados con cargo a los presupuestos de las consellerias competentes en materia de empleo y formación.

3. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 63.2 de la presente ley, las diputaciones provinciales podrán aportar dotaciones económicas para contribuir a la financiación adecuada y suficiente de los instrumentos de inclusión social, mediante la suscripción del correspondiente convenio de colaboración con la Generalitat.