Artículo 65. Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears
Ver Indice
»Artículo 65. Dispensa de la prestación de servicios obligatorios.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Reglamentariamente se establecerá la posibilidad, debidamente justificada, de solicitar la dispensa de la prestación de alguno o algunos servicios municipales obligatorios, así como los mecanismos de sustitución de dicha inactividad.
