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Articulo 65 Medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración

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Artículo 65. Modificación del artículo 2 del Decreto 174/2017, de 24 de octubre, por el que se establece el plazo máximo de resolución y notificación, así como el porcentaje aplicable a las sanciones pecuniarias de los procedimientos sancionadores en materia de animales de compañía, incluidos los potencialmente peligrosos.

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Se modifica el artículo 2 del Decreto 174/2017, de 24 de octubre, por el que se establece el plazo máximo de resolución y notificación, así como el porcentaje aplicable a las sanciones pecuniarias de los procedimientos sancionadores en materia de animales de compañía, incluidos los potencialmente peligrosos, que queda redactado del siguiente modo:

«El plazo máximo para resolver y notificar la resolución expresa en los procedimientos sancionadores tramitados en materia de animales de compañía, incluidos los considerados potencialmente peligrosos, será de doce meses a contar desde la fecha del acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador».

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-02-2024 en vigor desde 17-02-2024