Articulo 65 Modificacion del Regimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y Re... de Caracter Publico
Articulo 65 Modificacion del Regimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y Reordenacion de las Prestaciones Patrimoniales de Caracter Publico
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»Artículo 65. Gestión y recaudación.
Vigente
La gestión y recaudación de la tasa corresponderá a los órganos competentes en los distintos Departamento ministeriales u organismos para el otorgamiento de las concesiones, autorizaciones y adjudicaciones, conforme a la normativa en materia de gestión tributaria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 14-07-1998 en vigor desde 15-07-1998