Articulo 65 Patrimonio histórico de I. Balears
Ver Indice
»Artículo 65. Definición.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Forman parte del patrimonio etnológico los lugares y los bienes muebles e inmuebles, así como también los conocimientos y las actividades que son o han sido expresión relevante de la cultura tradicional del pueblo de las Illes Balears en los aspectos materiales, económicos, sociales o espirituales.
