Articulo 65 Presupuestos 2010 Canarias
Artículo 65.- Avales para garantizar valores de renta fija emitidos por fondos de titulización de activos.
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1. La Comunidad Autónoma de Canarias podrá otorgar avales hasta una cuantía máxima, durante el ejercicio del año 2010, de 200.000.000 de euros, con el objeto de garantizar valores de renta fija emitidos por fondos de titulización de activos constituidos al amparo de los convenios que suscriban la Consejería de Economía y Hacienda y las sociedades gestoras de fondos de titulización de activos inscritas en la Comisión Nacional del Mercado de Valores, con el objeto de mejorar la financiación de la actividad productiva empresarial en Canarias.
Los activos cedidos al fondo de titulización serán préstamos o créditos concedidos a pequeñas y medianas empresas no financieras domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Canarias.
2. Los avales a que se refiere este artículo se concederán mediante acuerdo del Gobierno de Canarias, y su formalización corresponderá al consejero de Economía y Hacienda.
3. Mediante orden del consejero de Economía y Hacienda se establecerá el régimen y contenido de los convenios a que hace mención el apartado anterior, así como el procedimiento para la obtención del aval de la Comunidad Autónoma de Canarias.
