Articulo 65 Presupuestos Generales del Estado para el año 2007 -2007 PGE-
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»Artículo 65. Impuesto sobre Actividades Económicas.
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Se añade una nota al grupo 042, «Avicultura de carne», contenido en la sección primera de lasTarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas, que queda redactada de la siguiente forma.
«Nota: El pago de las cuotas de cualesquiera de los epígrafes de este grupo faculta para la incubación, siempre que las aves obtenidas sean destinadas a explotaciones del propio sujeto pasivo clasificadas en este grupo.»
