Articulo 65 Promoción de la actividad económica
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»Artículo 65. Modificación del artículo 54 de la Ley 22/2009
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Se modifica el artículo 54 de la Ley 22/2009, que queda redactado del siguiente modo:
"Las infracciones tipificadas por la presente ley son sancionadas con multas de 60 a 120.000 euros, de acuerdo con la siguiente escala:
"a) Las infracciones leves, con una multa de 60 a 300 euros.
"b) Las infracciones graves, con una multa de 301 a 3.000 euros.
"c) Las infracciones muy graves, con una multa de 3.001 a 120.000 euros."
