Articulo 65 Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de Madrid -Derogado-
Artículo 65. Sistema selectivo.
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El sistema selectivo en los supuestos de movilidad constará de las siguientes fases:
En las convocatorias de movilidad a que hace referencia el artículo 37 párrafo primero de la Ley de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad y artículo 64 de las presentes Normas Marco y, en general, en todas aquellas convocatorias dirigidas a miembros de otros Cuerpos de Policía Local distintos al convocante en que se exija a los aspirantes, entre otros, el requisito de tener un mínimo de dos años de antigüedad en la categoría inmediatamente inferior, el sistema de selección constará de las siguientes fases, de carácter eliminatorio:
Concurso-Oposición.
Curso selectivo de formación.
En las convocatorias de movilidad dirigidas a miembros de otros Cuerpos de Policía Local distintos al convocante en que se exija a los aspirantes, entre otros, el requisito de ostentar idéntica categoría a la de la plaza convocada, el sistema de selección constará de las siguientes fases, de carácter eliminatorio:
Concurso de méritos.
Curso selectivo de formación.
