Articulo 65 TR. de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario
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»Artículo 65. - Otras modificaciones.
Vigente
La modificación de cualquier otra autorización contenida en la Ley de Presupuestos Generales no regulada en la presente Ley se ajustará al régimen específico que por ley se establezca para cada caso.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-06-2011 en vigor desde 18-07-2011