Articulo 65 TR de disposi...os cedidos

Articulo 65 TR. de disposiciones en materia de tributos cedidos

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Artículo 65. Tipo de gravamen del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

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En el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, la Comunidad Autónoma de Andalucía fija el tipo de gravamen aplicable a los medios de transporte de los epígrafes 4.º y 9.º del artículo 70.1 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, en el 16,9% y en el 13,8% el tipo de gravamen aplicable al epígrafe 5.º del mismo artículo.