Articulo 66 Acogimiento familiar en Euskadi
Artículo 66. Medidas de apoyo.
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1.- La Diputación Foral deberá proporcionar a las personas o familias acogedoras, a la persona menor de edad -en especial, finalizada la vigencia de la medida de acogimiento familiar por haber alcanzado la mayoría de edad-, y a la propia familia de origen, con carácter previo a la formalización de la medida de acogimiento familiar adoptada, durante toda la duración de la misma y a su término, medidas, programas, recursos o servicios de asesoramiento, formación, orientación y apoyo y atención técnica especializada, cuando la misma resulte necesaria en atención al interés superior de la niña, del niño o adolescente.
2.- Dichas medidas deberán hacer especial hincapié en ofrecer a las personas o familias acogedoras, a la persona menor de edad y a la propia familia de origen, con carácter previo a la formalización de la medida de acogimiento, la formación necesaria que les permita comprender los deberes, obligaciones y responsabilidades que asumen, así como afrontar las dificultades e implicaciones del acogimiento, preparándolas para el adecuado ejercicio de sus responsabilidades respecto de la persona menor de edad acogida.
3.- La fase previa a la formalización de la medida de acogimiento familiar adoptada, a la que se alude en el apartado primero, comprende: tanto el periodo anterior a la obtención de la declaración de adecuación para el acogimiento familiar como el periodo comprendido desde dicha declaración hasta la selección de la persona o familia que se ofrece para el acogimiento familiar para la formalización del mismo.
4.- En todo caso, la formación que se ofrezca a las personas o familias declaradas adecuadas que se encuentren a la espera de la selección o formalización de una medida de acogimiento familiar tendrá carácter voluntario para estas.
5.- Todas las medidas de apoyo deberán realizarse, de forma coordinada, bajo la dirección de la persona que asuma la coordinación del equipo técnico profesional responsable del expediente de protección al que se refieran.
