Articulo 66 por el que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León
- Norma vigente hasta el 25 de septiembre de 2025. - DECRETO 12/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León.
Artículo 66.
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1. En el inventario por conteo pie a pie se medirán, por rodales, todos los pies de las clases diamétricas inventariables, distinguiéndose pies bornizos, pies descorchados en tronco, y pies descorchados en tronco y ramas. En el caso de masas mezcladas se distinguirán las diferentes especies. Se contarán, asimismo, los pies menores.
2. La amplitud de las clases diamétricas será en general de 10 centímetros. El diámetro mínimo inventariable se fijará en 10 ó 20 centímetros.
3. Aparte del conteo y medición de diámetros normales se estimarán otros parámetros sobre muestras de árboles elegidos objetivamente, por estratos. Para la selección de la muestra pueden seguirse los criterios recomendados en el artículo 47.4 y 5. Al mismo tiempo se estimará el estado de la regeneración natural, como indica el artículo 47.6.
4. En cada alcornoque de la muestra, además de anotar si se trata de un pie bornizo, un pie descorchado en tronco, o un pie descorchado en tronco y ramas, y de medir su diámetro normal, mediante doble medición en cruz, se reseñarán las siguientes variables:
En los bornizos:
Altura total del árbol.
Dos diámetros de copa, perpendiculares entre sí.
Altura del fuste, hasta la cruz o bifurcación principal.
Número de ramas susceptibles de desbornizamiento, con longitud media y diámetro promedio al centro de las mismas.
En los pies descorchados:
Altura total del árbol.
Dos diámetros de copa, perpendiculares entre sí.
Dos diámetros de descorche inferior, en la base descorchada del árbol y perpendiculares entre sí.
Dos diámetros de descorche superior, perpendiculares entre sí, tomados a la altura del descorche, o a la de la cruz, cuando el árbol esté descorchado también en ramas.
Altura de descorche en el fuste, que coincidirá con la altura de fuste cuando el árbol está descorchado también en ramas.
Número de ramas susceptibles de descorche, con longitud media y diámetro promedio al centro de las mismas.
Análogas medias en ramas descorchadas.
5. Estos datos podrán completarse, en su caso, con otros tales como calibres y edades del corcho.
6. En el caso de que existan otras especies arbóreas las medidas a tomar serían, además de los dos diámetros normales, la altura total y los dos diámetros de copa.
