Articulo 66 Arancel de de...tribunales

Articulo 66 Arancel de derechos de los procuradores de los tribunales

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Artículo 66. Primera y segunda instancia.

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1. Por su intervención ante los Juzgados de Menores, percibirá el procurador 29,72 euros.

2. Por las apelaciones de las resoluciones de dichos juzgados, se percibirán 37,15 euros.