Articulo 66 Asociaciones de C Valenciana

Articulo 66 Asociaciones de C. Valenciana

Ver Indice
»

Artículo 66. Validez y eficacia de los documentos electrónicos

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los documentos administrativos emitidos por los órganos competentes en los procedimientos tramitados por medios informáticos y telemáticos regulados en esta ley serán válidos y eficaces, siempre que concurran en ellos las garantías de autenticidad, integridad, conservación y aquellas otras previstas en la normativa aplicable.