Articulo 66 Contratos públicos -Derogada-
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Artículo 66. Desarrollo del procedimiento abierto superior al umbral comunitario.

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El procedimiento abierto superior al umbral comunitario se ajustará a los siguientes trámites:

a) Tramitación del expediente de contratación conforme a lo previsto en el artículo 40.

b) Anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el Portal de Contratación de Navarra, en el que se encontrarán plenamente accesibles la totalidad de los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas particulares. En los contratos particularmente complejos en los que sea necesaria la consulta de documentación complementaria, así como en los proyectos de obra, se indicará la dirección donde los interesados pueden obtener dicha documentación.

c) Actuación de la Mesa de Contratación ejercitando las funciones que le son propias.

d) Resolución de adjudicación del órgano de contratación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-06-2006 en vigor desde 06-07-2006