Articulo 66 Derecho de la...a machista

Articulo 66 Derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista

Ver Indice
»

Artículo 66. Inmigración.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El Gobierno debe promover las actuaciones necesarias con las entidades consulares, las embajadas, las oficinas diplomáticas y cualquier otra entidad, a fin de obtener o facilitar documentación acreditativa de las circunstancias personales y familiares de las mujeres inmigrantes, así como la legislación del país de origen.