Articulo 66 Impulso demográfico de Galicia
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»Artículo 66. Relevo generacional
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La Administración autonómica desarrollará programas de relevo generacional en empresas en funcionamiento, con el fin de aprovechar al máximo las oportunidades de generación de empleo para la juventud a la vez que se salvaguarda el patrimonio empresarial colectivo y se genera crecimiento económico.
