Articulo 66 Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural
Ver Indice
»Artículo 66. Recursos públicos de información y protección de los derechos de las personas consumidoras.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Administración Regional garantizará el acceso universal a los recursos públicos de información y protección de las personas consumidoras en el medio rural, a través de los dispositivos de atención telepresencial que eviten desplazamientos innecesarios para poder plantear sus consultas y reclamaciones.
