Articulo 66 Normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas
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»Norma 66.ª Uso del distintivo internacional del personal religioso.
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En las operaciones que puedan implicar el uso de la fuerza, los capellanes castrenses, en el ejercicio de sus funciones, llevarán fijado en el brazo izquierdo un brazalete con una cruz roja sobre fondo blanco, representativo del distintivo internacional establecido en los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949 y en sus Protocolos Adicionales de 8 de junio de 1977.
