Articulo 66 ORDENde16demayode2013,delaConsejeradeEducación,Universidad,CulturayDeporte,porlaqueseestablecenlasbasesreguladorasparalaconcesióndesubvencionesenmateriadedeporte.
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»Artículo 66. Cuantía.
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La correspondiente convocatoria establecerá la disponibilidad presupuestaria para las ayudas convocadas y el importe máximo que pueda concederse en cada ayuda, que se otorgarán teniendo en cuenta.
el número de alumnos afectados, el presupuesto presentado, ámbito territorial de la actuación, su incidencia en el sistema deportivo aragonés, la tipología de las actividades propuestas, la continuidad del proyecto y su grado de inclusión como proyecto de centro.
