Articulo 66 Pesca Marítima y Acuicultura de C. Valenciana
Ver Indice
»Artículo 66. Concepto
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las organizaciones de productores son entidades reconocidas oficialmente, constituidas a iniciativa de los productores con el fin de garantizar el ejercicio racional de la pesca y de la acuicultura y mejora de las condiciones de venta de su producción.
Reglamentariamente se establecerán las condiciones para su reconocimiento por la administración y para la retirada de este reconocimiento.
