Articulo 66 Presupuestos 2008 Rioja

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Artículo 66. Comunicación al Parlamento de las modificaciones presupuestarias.

Vigente

El Gobierno de La Rioja, trimestralmente, dará cuenta al Parlamento de las modificaciones presupuestarias que se señalan en los artículos 19, 20 y 21 de esta Ley.