Artículo 66 Presupuestos ... de Madrid

Artículo 66 Presupuestos Generales 2025 de la Comunidad de Madrid

Ver Indice
»

Artículo 66. Planes y programas de actuación

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El Consejo de Gobierno, previo informe de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, podrá aprobar planes y programas de actuación que impliquen gastos que puedan extenderse a ejercicios futuros, los cuales deberán incluir en su formulación, objetivos, medios y calendarios de ejecución, así como las previsiones de financiación y gasto.