Articulo 66 Promoción de la actividad económica
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»Artículo 66. Modificación del artículo 9 de la Ley 2/2010
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1. Se modifica la letra b del apartado 1 del artículo 9 de la Ley 2/2010, que queda redactada del siguiente modo:
"b) La licencia de pesca o marisqueo sin embarcación o con embarcación auxiliar."
2. Se modifica el apartado 2 del artículo 9 de la Ley 2/2010, que queda redactado del siguiente modo:
"2. La licencia de pesca marítima con embarcación en aguas exteriores expedida por la Administración del Estado es válida para la pesca marítima en aguas interiores."
