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Articulo 66 Reglamento General de Contratación Pública

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Artículo 66. Contribución del Registro de Contratos a la mejora del sistema de contratación

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El Registro de Contratos podrá elaborar informes para la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad de Madrid sobre los aspectos más característicos de los contratos registrados y sus incidencias, a la vista de los cuales la Junta Consultiva podrá formular las recomendaciones pertinentes o proponer al Consejero de Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, las normas o medidas de carácter general que considere procedentes para la mejora del sistema de contratación en sus aspectos administrativos, técnicos y económicos.