Artículo 66 Reglamento In...to Europeo

Artículo 66 Reglamento Interno del Parlamento Europeo

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Artículo 66. Presentación al Parlamento

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La posición del Consejo y, si estuviera disponible, la recomendación para la segunda lectura de la comisión competente se incluirán de oficio en el proyecto de orden del día del período parcial de sesiones cuyo miércoles preceda inmediatamente al día en que venza el plazo de tres meses, o de cuatro meses si se hubiera prorrogado conforme al artículo 64, salvo que el asunto se hubiera tratado en un período parcial de sesiones anterior.