Articulo 66 Simplificación administrativa
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Artículo 66. Documentación precisa para la solicitud de autorización de construcción.

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1. Los solicitantes de autorización de construcción deberán presentar la siguiente documentación:

a) Formulario de solicitud dirigido al órgano competente para autorizar la instalación.

b) Proyecto de ejecución de la instalación elaborado conforme a los Reglamentos técnicos en la materia, suscrito por técnico competente y visado por el colegio oficial correspondiente.

c) Separata con aquellas partes del proyecto que afecten a bienes, instalaciones, obras o servicios, centros o zonas dependientes de otras Administraciones Públicas, organismos, corporaciones o departamentos del Gobierno de Aragón y, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general con bienes o servicios a su cargo afectadas por la instalación, para que estos establezcan, si procede, el condicionado procedente.

d) Memoria justificativa que permita comprobar la potencial existencia de afección energética a otras instalaciones de producción de energía eléctrica en servicio, autorizadas o en tramitación. Se indicará la superficie afectada (circunscrita por la poligonal del vallado de la instalación), con expresión de las coordenadas geográficas UTM definitorias de la poligonal que la delimita, así como de las líneas eléctricas y subestaciones. La representación de las coordenadas se realizará en cartografía oficial.

e) Declaración responsable que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación.

2. El órgano tramitador del expediente podrá requerir que se complete o aclare la documentación presentada conforme a lo establecido en la normativa estatal del Procedimiento Administrativo Común.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-02-2021 en vigor desde 23-02-2021