Articulo 665 DLeg 3/200...s públicos

Articulo 665 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos

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Artículo 6.6-5. Acreditación

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La tasa se acredita en el momento de realización del hecho imponible y es exigible cuando el Instituto de Estadística de Cataluña entrega la información solicitada.

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