Articulo 67 Administración institucional

Articulo 67 Administración institucional

Ver Indice
»

Art. 67.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La Junta General de las sociedades mercantiles, en que la Comunidad de Madrid, sus organismos autónomos, entidades de derecho público o entes públicos ostenten una participación del 100 por 100 en el capital, estará constituida, respectivamente, por el Gobierno o por el Consejo de Administración del Organismo o Entidad.

Modificaciones