Articulo 67 criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, control y suministro
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»Artículo 67. Punto de muestreo en la empresa alimentaria.
Vigente
La empresa alimentaria definirá los puntos de muestreo del agua utilizada en la empresa alimentaria según los principios del APPCC.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-01-2023 en vigor desde 12-01-2023