Articulo 67 Empleo público de La Mancha

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Artículo 67. Formas de provisión.

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1. Las Administraciones públicas de Castilla-La Mancha deben proveer los puestos de trabajo reservados al personal funcionario de carrera mediante las formas previstas en este Titulo, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

2. La provisión ordinaria de los puestos de trabajo se llevará a cabo a través de los procedimientos de concurso, que es el procedimiento normal de provisión de puestos de trabajo, y de libre designación con convocatoria pública.

3. Los puestos de trabajo también pueden proveerse a través de:

  1. Redistribución de efectivos.

  2. Comisión de servicios.

  3. Adscripción provisional.

  4. Movilidad por motivos de salud.

  5. Movilidad por causa de violencia de género.

  6. Permuta.