Artículo 67 LEY 2/2026, ...Valenciana

Artículo 67. LEY 2/2026, de 14 de abril, Generalitat Valenciana

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Artículo 67. Competencias de la Generalitat.

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Corresponde a la Generalitat el ejercicio de las siguientes competencias:

a) La elaboración de las normas de desarrollo de la presente ley.

b) La instrucción, resolución, financiación y pago de la renta valenciana de inclusión, así como de todas aquellas medidas contempladas en esta ley.

c) La planificación, el control y la evaluación general de las medidas contempladas en la presente ley.

d) La aprobación de la planificación adecuada en el marco del Plan estratégico valenciano de servicios sociales.