Articulo 67 Normas en mat...inancieras

Articulo 67 Normas en materia de tributos cedidos y otras medidas tributarias, administrativas y financieras

Ver Indice
»

Artículo 67. Régimen general.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Se modifica el apartado 1 del artículo 83 de la Ley 8/1997, de 23 de diciembre, por la que se aprueban medidas en materia tributaria, presupuestaria, de empresas de la Junta de Andalucía y otras entidades, de recaudación, de contratación, de función pública y de fianzas de arrendamientos y suministros, con la siguiente redacción:

«1. El ingreso del depósito se realizará en efectivo dentro del plazo de un mes desde la celebración del contrato.

Para acreditar la constitución del depósito se entregará un resguardo conforme al modelo establecido por la Consejería de Economía y Hacienda.»