Articulo 67 Ordenación del Sistema Universitario
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»Artículo 67. Nombramiento del Presidente o Presidenta.
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1. El Presidente o Presidenta del Consejo Social será nombrado mediante Decreto del Gobierno de Aragón de entre los miembros del Consejo Social que sean representantes de los intereses sociales a propuesta del titular del Departamento competente en materia de educación universitaria y oído el Rector o Rectora.
2. El mandato del Presidente o Presidenta será de cuatro años, a contar desde la publicación de su nombramiento en el « Boletín Oficial de Aragón » , y sin perjuicio de la posibilidad de su renovación por una sola vez.
3. El Presidente o Presidenta del Consejo Social podrá ser cesado por Decreto del Gobierno antes de la finalización de su mandato.
