Articulo 67 Organización y el funcionamiento de los centros públicos que imparten enseñanzas de Educación Infantil o de Educación Primaria
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»Artículo 67. Plan de sostenibilidad de recursos, eficacia energética y tratamiento de residuos
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1. Los centros docentes colaborarán con los técnicos de la Administración municipal en la elaboración de un plan de sostenibilidad de recursos, eficacia energética y tratamiento de residuos, que formará parte del proyecto de gestión.
2. El mencionado plan tendrá que tener el informe favorable del claustro de profesorado y del consejo escolar.
