Articulo 67 Plan de acció...e València

Articulo 67 Plan de acción territorial de ordenación y dinamización de la Huerta de València

Ver Indice
»

Artículo 67. Las infraestructuras hidráulicas y sus elementos asociados

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Además de las condiciones generales establecidas en el artículo 61, las infraestructuras hidráulicas deben cumplir las siguientes determinaciones:

a) Las acequias podrán ser objeto de mejora o acondicionamiento, siendo necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:

1º) Se respetará la estructura parcelaria, valorando las preexistencias como puertas de riego o mojones entre otras.

2º) Con carácter general los cajeros de las acequias se construirán de manera tradicional, reutilizando el material preexistente. Se justificará debidamente aquellos puntos en que sea necesario la utilización de nuevas técnicas o materiales.

3º) Con carácter general, queda prohibido el revestimiento, entubado o soterramiento de las acequias. Se justificará debidamente aquellos puntos en que sea necesario llevar a cabo cualquiera de estas tres acciones.

b) Los cauces de nueva planta deberán:

1º) Minimizar la superficie de Huerta ocupada, adaptando su sección hidráulica.

2º) Realizar un tratamiento paisajístico de la infraestructura.

3º) Incorporar vías peatonales o ciclistas que discurran junto al mismo.

c) Las actuaciones en cauces naturales deberán:

1º) Preservar el carácter natural como corredor ecológico.

2º) Conservar y poner en valor el patrimonio cultural asociado.

3º) Potenciar su función de itinerario para el tránsito peatonal y ciclista.

d) Se admite la reforma y ampliación de las infraestructuras de saneamiento y depuración de aguas existentes a la entrada en vigor del presente plan. La ampliación se efectuará en aquellos ámbitos que afecten en menor medida a los valores de la Huerta y maximicen el cumplimiento de los objetivos del plan. Las nuevas solo se permiten en Huerta Grado 3 (H3).