Articulo 67 Reglamento General de Contratación Pública
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»Artículo 67. Relaciones con órganos equivalentes de otras Administraciones Públicas
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Corresponden a la Dirección General de Patrimonio las competencias referidas a la coordinación, intercambio de información y establecimiento de relaciones de colaboración del Registro de Contratos de la Comunidad de Madrid con los órganos equivalentes de otras Administraciones Públicas.
