Articulo 67 Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales
Articulo 67 Reglamento de...es Locales

Articulo 67 Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Art. 67.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las comunicaciones a que hacen referencia los artículos 65 y 66 podrán integrarse, respectivamente, en el mismo envío.