Articulo 67 TR de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo
Articulo 67 TR de la Ley ... Urbanismo

Articulo 67 TR. de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo

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Artículo 67. Planes de desarrollo y Planes Especiales.

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1. La iniciativa para la elaboración de Planes de desarrollo y de Planes Especiales podrá ser pública y privada.

2. Las Entidades públicas y los particulares podrán redactar y elevar a la Administración competente para su tramitación Planes Parciales, Planes Especiales, Planes Especiales de Actuación Urbana y Estudios de Detalle.

3. Los particulares podrán presentar ante los Ayuntamientos competentes propuestas de ordenación de los planes de desarrollo y especiales con el contenido de un avance de planeamiento a fin de que la Administración se pronuncie sobre los mismos en el plazo máximo de dos meses desde su presentación y el particular pueda conocer los criterios del Ayuntamiento al respecto. En caso de silencio a la propuesta de ordenación, éste se entenderá positivo.

En caso de que el pronunciamiento municipal sea positivo, el Ayuntamiento aprobará inicialmente y tramitará el plan, una vez que éste sea presentado en legal forma y contenido.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-08-2017 en vigor desde 01-09-2017