Articulo 68 por el que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León
- Norma vigente hasta el 25 de septiembre de 2025. - DECRETO 12/2025, de 4 de septiembre, por el que se regula la planificación y ordenación forestal en Castilla y León.
Artículo 68.
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El cálculo de existencias de corcho seguirá los siguientes criterios:
En árboles descorchados, la muestra o submuestra objetiva de árboles proporcionará una relación entre superficie descorchada del árbol y su diámetro normal, que servirá para estimar la superficie descorchada del rodal, SD, expresada en metros cuadrados.
Conocido el valor promedio del corcho secado al aire, PC, expresado en kilogramos por metro cuadrado, las existencias de corcho de reproducción del rodal serán:
Q = SD.PC/100, expresadas en quintales métricos, o
Q = SD.PC/1000, en toneladas métricas.
El conocimiento de la intensidad de descorche, ID, tal que
ID = SD/AB
donde SD es la superficie de descorche en metros cuadrados por hectárea y AB el área basimétrica, también en metros cuadrados por hectárea, podría reducir las tareas del inventario de alcornocales a un sencillo muestreo de áreas basimétricas. Esta forma de proceder sólo podrá admitirse en aquellos casos en los que exista una experiencia previa que permita caracterizar suficientemente ID. Esta experiencia podrá provenir de la práctica prolongada de la actividad corchera o de investigaciones específicas.
En pies bornizos, la estimación de superficies de descorche pasaría, además de por la toma de datos de la muestra o submuestra objetiva de árboles, por la adopción de módulos de descorche (relación entre alturas de descorche y diámetros normales) o de intensidades, ID, de descorche, dados por la práctica o la investigación.
