Articulo 68 Desarrollo de la Ley 2/1995, de Haciendas Locales, en materia de presupuestos y gasto público
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»Artículo 68. Concepto.
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La ordenación del pago es el acto mediante el cual el órgano competente, en base a una obligación reconocida y liquidada, expide la correspondiente orden de pago contra la Tesorería de la entidad.
