Articulo 68 Finanzas de I. Balears
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»Artículo 68. Gastos plurianuales de los entes del sector público empresarial y fundacional
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Los compromisos de gasto de carácter plurianual de las entidades del sector público empresarial y fundacional se ajustarán a las normas establecidas en el artículo 9 de la Ley 7/2010 y en su normativa reglamentaria de desarrollo.
