Articulo 68 Impulso demográfico de Galicia
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»Artículo 68. Estímulo de las actividades económicas
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La Administración autonómica desarrollará medidas específicas destinadas a atraer el talento e incentivar la inversión productiva y la implantación empresarial en el territorio de la Comunidad Autónoma, prestando especial atención a la población gallega residente en el exterior o retornada.
