Articulo 68 Patrimonio cultural manchego

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Artículo 68. Enseñanza e Investigación del Patrimonio Histórico.

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1. La Administración Regional fomentará el conocimiento y valoración del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha en los distintos niveles educativos.

2. La Administración Regional promoverá la enseñanza especializada y la investigación en las materias relativas a la conservación y enriquecimiento del Patrimonio Cultural y establecerá los medios de colaboración adecuados a dicho fin con las Universidades y los centros de formación e investigación especializados, públicos y privados.