Articulo 68 Planificación...de Galicia

Articulo 68 Planificación, las medidas de coordinación y la actuación de voluntarios, agrupaciones de voluntarios y entidades colaboradoras en materia de protección civil de Galicia

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Artículo 68º.-Documentos oficiales de identificación.

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Todas las personas que colaboren con la protección civil en la Comunidad Autónoma de Galicia dispondrán de un documento oficial de identificación, personal e intransferible.